29.jpg

El sistema judicial interno de Haití está compuesto por el Poder Judicial, el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, la Fiscalía, el Protecteur du Citoyen et de la Citoyen y la Policía Nacional.

Asimismo, el Poder Judicial está integrado por la Supreme Cour o Cour de Cassation, (que también sesiona como Cour Supérieur des Comptes y Counseil Supérieur de la Magistrature), las Tours d´appel, los Tribunaux de premiére instance, tribunaux de paix o de simple police y tres tribunales especiales: du Travail, Pours Enfants y Terrien.

La Cour de Cassation es el tribunal con jerarquía jurisdiccional más alta del país. Está integrada por nueve jueces (incluidos el presidente y vicepresidente de la Corte). Se encuentra dividida en dos secciones que operan separadamente o en una cámara común. El Presidente designa a los jueces de acuerdo a una lista de al menos tres candidatos, preparada por el Senado. Duran en su cargo 10 años y no pueden ser removidos.

La Corte conoce los recursos extraordinarios que se interponen contra casos que provienen de instancias judiciales inferiores. Además, revisa asuntos de derecho constitucional y de interpretación o aplicación de las leyes, así como denuncias contra jueces de tribunales inferiores y conductas impropias de funcionarios de la Fiscalía.

En la actualidad la Corte sesiona como Cour Supérieur des Comptes y Counseil Supérieur de la Magistrature. En ejercicio de la primera, resuelve asuntos administrativos y de supervisión de gasto público; en la segunda, selecciona y destituye jueces, e impone sanciones disciplinarias.

Adicionalmente, existen cinco Cours d´appel en el país, conformadas por un presidente, cinco a siete jueces, un representante del gobierno y un número de fiscales. Están en sus cargos por un periodo de diez años, sin posibilidad de ser removidos.

Existen quince tribunaux de premiére instante, integrados por al menos un juge d’ instruction y un juge simple. De acuerdo con la Constitución, el Presidente designa jueces de listas preparadas por las asambleas departamentales. Hay oficinas de persecución cercanas ( parquet), con un fiscal y un asistente de fiscal. Estas cortes tienen jurisdicción general sobre materias civiles, comerciales, marítimas y penales, y jurisdicción de apelación en algunas decisiones de los tribunaux de paix.

Cada jurisdicción tiene un tribunaux de paix, con un juez de paz y un juez asistente. Las responsabilidades de estos tribunales son variadas, incluyendo materias penales, civiles y funciones extrajudiciales. Se estima que existen aproximadamente 170 tribunaux de paix en el país. En causas comerciales y civiles, poseen jurisdicción en asuntos cuya cuantía no exceda los Gd 25.000 (US$ 1.315). En causas penales y correccionales, estos tribunales se conocen como tribunaux de simple Police.

De acuerdo con la Constitución de 1987, el Tribunal de Casación, los Tribunales de Apelaciones, de Primera Instancia, de Paz y los Tribunales Especiales están investidos del poder judicial. Además, la Constitución contempla que el Senado se convierta en Tribunal Superior de Justicia para considerar casos políticos, como puede ser el juicio público al Presidente por un delito de traición. En materia de delitos políticos, la Constitución establece la creación de tribunales especiales cuya jurisdicción debe ser determinada por ley. La Constitución dispone, además, que los juicios sobre delitos políticos o de la prensa no pueden celebrarse a puertas cerradas

Esta entrada fue publicada en Sin categoría. Guarda el permalink.